El juzgado de instrucción número 3 de Albacete ha dado la razón a la Asesoría Jurídica de CCOO Albacete que ha llevado un caso contra un empresario del sector de la construcción por falsificar la firma de una trabajadora
El empresario firmó varios documentos como si lo hubiera hecho realmente la trabajadora, todo ello con la intención de no indemnizarla con las cantidades que legalmente le corresponden
. La secretaria provincial de la Federación de Construcción y Servicios de CCOO Albacete, Maribel Cabañero, junto al responsable comarcal de CCOO en Villarrobledo, Paco Gómez, han informado sobre una sentencia que la Asesoría Jurídica de CCOO Albacete ha ganado contra una empresa del sector de la construcción de Villarrobledo.
Cabañero, ha manifestado que la empresa constructora de Villarrobledo despidió a la trabajadora que prestaba servicios como limpiadora y explica que “tras el despido acude a los servicios jurídicos de CCOO Albacete para interponer una demanda por despido improcedente contra el empresario que es castigado con multa y prisión”.
“El día de la celebración del juicio, el empresario aporta un documento para justificar que la trabajadora ha cobrado su finiquito e indemnización. Es en ese momento, cuando la trabajadora y demandante dice que la firma del documento que muestra el empresario no es suya, quedando suspendido el juicio”, ha explicado Cabañero.
“Contrastada la firma por grafólogos especializados dan la razón a la trabajadora y corroboran la falsedad del documento aportado por el empresario. El juzgado de instrucción número 3 de Albacete viene a fallar contra el empresario condenándolo a un año de prisión y a una indemnización por daños morales a la trabajadora como consecuencia de la falsificación documental”.
CCOO celebramos que este tipo de actuaciones cometidas por los empresarios contra los trabajadores y trabajadoras no queden impunes. Condenamos estos hechos que son “inadmisibles, lamentables y peligrosos”. El empresario ha tratado de manipular el documento a su favor y en contra de los derechos laborales, de liquidación e indemnización de la trabajadora”.
Por último, Cabañero ha remarcado que la sentencia es firme y no cabe recurso.
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