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La Fiscalía Provincial de Albacete investiga la gestión del brote de coronavirus de los temporeros

Fiscalía Provincial Albacete / esNoticia / 12-08-2020

El 24 de julio de 2020, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Albacete-2 ratificó la resolución de la Delegación Provincial de Sanidad, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se acordaba el confinamiento de un número superior a los dos centenares de temporeros, para prevenir un posible contagio de Covid-9, pues se habían detectado casos positivos entre esas personas.

El auto judicial incorporó un requerimiento “a las administraciones competentes (local, autonómica y estatal)”, para que dieran cumplimiento y/o garantizaran una serie de medidas para prevenir y controlar la infección, entre las que se encuentra la “sectorización”, o división de los temporeros en grupos de no más de 25 personas. Estas medidas habían sido recomendadas por la autoridad sanitaria.

En resolución de 29 de julio, la Delegación Provincial de Sanidad acuerda la prolongación del confinamiento, pues La falta de sectorización, ha provocado que todos los temporeros confinados sean contactos estrechos de dos casos positivos de Covid-19 detectados en esos días.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en auto de 4 de agosto, ratificó la prolongación del confinamiento, reprodujo las medidas preventivas y requirió a las administraciones para su cumplimiento, con apercibimiento expreso de incurrir en delito de desobediencia.

El Ministerio Fiscal incoó el 5 de agosto diligencias de investigación para esclarecer si, del incumplimiento de las medidas incorporadas al auto de 24 de julio, se deriva responsabilidad por desobediencia. Se ha recibido declaración a la Delegada Provincial de Sanidad, Alcalde de Albacete y Subdelegado del Gobierno, quienes han explicado cuál ha sido la intervención de cada una de esas administraciones en la gestión del confinamiento, sus competencias y actuación conforme a los medios disponibles.

Una vez valoradas las diligencias practicadas o que se decidan practicar, se resolverá el procedimiento, acordando su archivo, si se entiende que no se ha incurrido en responsabilidad penal o, en caso contrario, la formulación de querella o denuncia ante el Juzgado de Instrucción contra las personas responsables.

 

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